Artículo 6 - SOBRE LOS MIEMBROS DE LA ALIANZA Y SUS OBLIGACIONES
Artículo 6.1 - Un miembro de la Facción, no podrá atacar, robar o ayudar a matar a un miembro de la Facción. Dicho Delito será considerado como Grave en los tipos agravados y Leves en los atenuados y conllevará en función del grado del delito, desde una multa de 3,500,000 GPS, una pena de encarcelación de 1 día o hasta la propia expulsión. El senado determinará bajo juicio, el grado del Delito y su pena.
Artículo 6.1.1 - Se considerarán hechos agravantes:
La conspiración con otros personajes no pertenecientes a la Alianza para la cometer un delito de Asesinato.
El uso del Hechizo incógnito.
La mala fe.
Artículo 6.1.2 - Se considerarán hechos atenuantes:
El robo.
La comisión del delito bajo desconocimiento de la identidad de la víctima.
El ataque ilegítimo.
Artículo 6.2 - Un miembro de la Facción, con un personaje fuera de la Alianza, no podrá atacar, robar o ayudar a matar a un miembro de la Alianza. A la comisión de este Delito considerado como Grave, se le aplicará lo dispuesto en el artículo 6,1 de esta misma ley.
ículo 7 - SOBRE LOS MIEMBROS DE LA ALIANZA Y SUS DEBERES COMO SOLDADOS
Artículo 7.1 - Es obligación de todo miembro de la Alianza:
Atacar a los miembros de las facciones enemigas.
Acudir al auxilio de los compañeros de la Alianza siempre y cuando sea posible. La omisión al socorro, será considerada un Delito Leve y se verá impuesta una multa de 1,000,000 GPS.
Expongo los hechos:
Vi que algunas de nuestras fortalezas de faccion estaban siendo asediadas, entonces decidi ir a defenderlas cuando en Tse Or me encuentro con 2 enemigos de faccion y un tal "Bosnio", alias "Tony", miembro de nuestra faccion. Al principio Bosnio no intervino en la pelea, hasta que en cierto momento decidio volverse en mi contra intentando taponarme con muros, para que asi los enemigos me dieran caza.
Pruebas:
Atte: GORDODERESISTING, humilde servidor de la Alianza.